El Gobierno habilita la compra y tenencia de armas semiautomáticas para civiles

A través de un decreto, el Ejecutivo flexibilizó la regulación de este tipo de armamento y dispuso la puesta en marcha de un régimen especial para quienes las utilicen en actividades deportivas.

Actualidad18/06/2025
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El Gobierno Nacional, a través del Decreto 397/2025 publicado en el Boletín Oficial, flexibilizó la regulación de armas semiautomáticas y de este modo habrá un régimen especial para que los usuarios las utilicen en actividades deportivas. De esta forma, se dejó sin efecto una prohibición vigente para el uso de este tipo de armas desde 1995, durante la presidencia de Carlos Menem.

 

El documento firmado por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, abarca a las armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR.

 

La nueva normativa de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) genera un cambio en el decreto establecido hace 30 años en el que se prohibía a los usuarios civiles la adquisición y tenencia de estas armas, salvo excepciones autorizadas.

 

Ahora, con esta modificación, el organismo “podrá autorizar a legítimos usuarios de armas de Uso Civil Condicional la adquisición y tenencia de armas”. “A tal efecto, los referidos legítimos usuarios deberán acreditar probados usos deportivos y las demás condiciones objetivas que al efecto establezca la ANMAC”, explica el documento.

 

El decreto entró en vigencia desde este miércoles, día de su publicación, en el que se destaca que “resulta necesario reevaluar los mecanismos dispuestos para controlar las armas semiautomáticas”.

 

 

“Los referidos mecanismos de control deben reflejar un particular equilibrio entre la posibilidad de la adquisición o transferencia de tales armas de fuego, con los recaudos derivados de la seguridad pública o común”, suma el escrito. La ANMAC será el organismo descentralizado que tendrá a su cargo la aplicación del régimen de control especial.

 

La medida es una más de las varias flexibilizaciones con las que avanza Casa Rosada para facilitar la compra y tenencia de armas. En 2024 se había bajado de 21 a 18 la edad mínima para tramitar la Credencial de Legítimo Usuario de armas, el primer paso necesario para luego poder solicitar la tenencia y básicamente comprar una en un negocio.

 

El mes pasado, se había habilitado un trámite de “Tenencia Express” para facilitar el acceso al permiso de tenencia de armas de fuego. Esta modalidad es para civiles y miembros de las Fuerzas de Seguridad que compren en armerías, ya sea para armas o municiones de todo tipo.

 

El Gobierno disolvió otros dos fondos fiduciarios destinados a financiar obras viales y subsidios de gas

El Gobierno dispuso la disolución del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de GLP y el Fideicomiso Individual PPP Red de Autopistas y Rutas Seguras (PPP RARS), mediante el Decreto 415/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

 

La disolución responde a una serie de inconsistencias plasmadas en los informes de auditoría realizados por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), en el marco del análisis general de la gestión de los fondos fiduciarios, instrumentado por la administración de Javier Milei desde marzo del 2024. Con los nuevos cierres, ya van 26 fondos liquidados.

 

En el caso del instrumento destinado al desarrollo de infraestructura vial, el organismo observó la inexistencia de información vinculada con los beneficiarios/tenedores de los TPI (Títulos de Pago por Inversión), “necesaria para cumplir con la normativa vigente sobre prevención del lavado de activos”.

 

Los mencionados títulos se utilizaban para abonar a los contratistas las obras adjudicadas de los distintos corredores viales licitados, en el marco del régimen de Participación Público-Privada (PPP). En 2020 se extinguieron todos los contratos, quedando como único cometido del fideicomiso el pago de los TPI, por lo que se consideró que “se encuentra fácticamente impedido de dar cumplimiento a su objeto”.

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