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Los contribuyentes que adhieran a este sistema no deberán presentar información sobre sus consumos ni su patrimonio.
Actualidad05/06/2025El Gobierno presentó este jueves los lineamientos del denominado Proyecto de Ley de Principio de Inocencia Fiscal, una iniciativa que permite a los contribuyentes que adhieran al sistema no presentar información sobre sus consumos ni su patrimonio.
En el acto presentes el titular del ARCA, Juan Pazo y el diputado nacional José Luis Espert, presidente de la comisión Presupuesto y Hacienda de la Cámara baja.
La iniciativa se concreta luego de que el domingo se pusiera en marcha el régimen simplificado del impuesto a las Ganancias. “Las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, que sean contribuyentes o responsables del Impuesto a las Ganancias, podrán optar por la modalidad simplificada”, dicta la normativa.
El proyecto de ley, tal como había adelantado el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, “tiene varios puntos, entre ellos modificaciones de normativas vigentes, de montos para la aplicación de la ley penal económica y también para la prescripción. En la medida se contempla una reducción de los plazos de prescripción, por lo cual se dan garantías para la utilización de estos recursos.
“La iniciativa aumenta significativamente los umbrales a partir de los cuales no deberá informarse” el origen de los fondos, según detalló Pazo en la presentación. De acuerdo con sus cálculos, de las 7.000 causas por evasión en curso, con esta ley, solamente quedarán en pie 200 casos. También se plantea un plazo de prescripción sobre esos casos.
El titular de ARCA explicó que, en caso de evasión agravada, “podrán resolverse pagando lo que se debe", dijo el directivo, aunque en la norma dice que basta con abonar la mitad.
“Le vamos a dar todas las herramientas, blindando para siempre a quienes adhieran al régimen simplificado del impuesto a las Ganancias. Los que adhieran lo podrán hacer pagando Ganancias solo por su facturación sin importar cuánto aumento su patrimonio o situación financiera”, explicó Pazo. Es decir, puede terminar el año con depósitos mega millonarios y acumular decenas de nuevos inmuebles sin que nadie le pida información. Así lo ratificó dos veces Pazo. Esto se debe a que no se analizará "ningún gasto" del contribuyente.
En un discurso más político, Espert aseguró que “los que adhieran van a poder usar sus dólares sin que nadie te pregunte nada”. El economista argumentó la medida en una supuesta salida de un “sistema impositivo asfixiante que forzó la evasión”. “El objetivo es blindar al ciudadano de bien: o adhieren o siguen ocultando su patrimonio”.
Los cambios incluidos en el proyecto
En cuanto a la Ley Penal Tributaria, el proyecto también eleva el umbral de la evasión simple de 1,5 millones a 100 millones pesos por cada tributo y por cada ejercicio anual. También, eleva el umbral para la evasión agravada de 15 millones de pesos a 1.000 millones de pesos.
Para ponerlo en términos simples, Pazo explicó: "Te podés comprar cinco departamentos, un auto y hacer un depósitos de 300 mil dólares en un banco y nadie va a perseguir".
En relación a la apropiación indebida de tributos, el umbral se eleva de 100.000 a 10 millones de pesos. En lo que refiere a evasión simple vinculada a tributos de la seguridad social, el umbral se suba de 200.000 a 7 millones de pesos. En tanto, por evasión agravada pasa de 1 millón a 35 millones de pesos.
Respecto a la apropiación indebida de los recursos de la seguridad social, el monto se eleva de 100.000 a 3,5 millones de pesos. Por otra parte, el umbral de la simulación dolosa de cancelación de obligaciones se eleva de 500.000 a 20 millones de pesos anuales y de 100.000 a 3,5 millones de pesos mensuales.
El proyecto también establece que se exime a la autoridad de formular denuncia penal cuando el importe correspondiente a las obligaciones evadidas, aprovechadas o percibidas indebidamente y sus intereses fueren cancelados en forma incondicional y total con anterioridad a la formulación de la denuncia. La limitación de formular la denuncia penal se otorgará por única vez por cada persona humana o jurídica obligada.
En el caso de los delitos mencionados, y para el supuesto de haberse iniciado la acción penal, ésta se extinguirá, si se aceptan y cancelan ante ARCA en forma incondicional y total las obligaciones evadidas, aprovechadas o percibidas indebidamente y sus intereses, más un importe adicional equivalente al 50 por ciento de la suma total.
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