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Desde Ceprofar explicaron que la iniciativa que entró en vigencia el 1° de enero "es una buena intención", pero aclaró que por ahora se van a poder seguir usando las recetas de papel.
Actualidad02/01/2025
Cuestionó a las autoridades sanitarias del Gobierno por no avanzar con la interoperabilidad del sistema que permite conectar a farmacias de todo el país.
Ya rige la receta electrónica: cómo funciona el nuevo sistema para acceder a medicamentos
Cómo funcionan las recetas electrónicas de OSDE.
El director del Centro de Profesionales Farmacéuticos Argentinos (Ceprofar), Rubén Sajem, aseguró este jueves que el nuevo sistema de recetas electrónicas, que entró en vigencia el 1° de enero, todavía "no está desarrollado, falta mucho". Calificó a la iniciativa como "una buena intención" y cuestionó a las autoridades sanitarias del Gobierno por no avanzar con la interoperabilidad del sistema que permite conectar a farmacias de todo el país. Además afirmó que por ahora la gente "va a poder seguir usando sus recetas papel".
“Ya rige la receta electrónica pero continúa vigente la receta de papel, habría que aclarar algunas cosas. Todo va a seguir como hasta ahora, el que conseguía su receta electrónica por obra social o prepaga lo va poder seguir haciendo y si tiene receta papel lo va a poder comprar y es la forma que va a poder acceder en todo el país”, señaló Sajem en una entrevista con Radio 10.
Para luego agregar: “El tema no está completamente desarrollado todavía hay mucha incertidumbre, no está integrado a nivel nacional, hay exigencias que la propia autoridad sanitaria no cumplió, como por ejemplo la inter operabilidad del sistema y que las farmacias y médicos estén conectados con el sistema”.
"Es una buena intención que viene desde hace tiempo. Se vienen dando pasos y lamentablemente este Gobierno los últimos meses no cumplió con una función de coordinación y hay provincias que todavía están desarrollando el sistema, unas que adhirieron, otras que no”, cuestionó el director de Ceprofar.
Sobre el final de la entrevista le llevó tranquilidad a la gente al decir que "van a poder seguir usando sus recetas papel que están usando en la actualidad” .
Receta electrónica: qué dice la disposición del Gobierno
Según el Decreto 345/2024, la prescripción de medicamentos deja de ser en papel desde el 1 de enero y comienza a ser obligatoria exclusivamente mediante los soportes registrados en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).
Además, la Resolución 5744/2024 del 3 de diciembre dispuso que los repositorios de recetas electrónicas, es decir, deben estar disponibles para todas las plataformas de prescripción y farmacias, que solo podrán acceder a las recetas que el paciente requiera.
El objetivo es garantizar las condiciones de funcionamiento del ecosistema de salud digital para la implementación de la Ley de Recetas Electrónicas. El Ministerio de Salud estableció una normativa clara que regula la interacción entre las plataformas de prescripción y las farmacias en todo el país.
Sin embargo, la aplicación no será homogénea: sólo 11 de las 24 jurisdicciones adhirieron a la reglamentación de la receta médica electrónica del Ministerio de Salud de la Nación. Son Catamarca, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego y Tucumán.
La provincia de Buenos Aires, y la ciudad de Buenos Aires, Chubut y La Rioja tienen su propias normativas de recetas electrónicas. Río Negro y Santa Fe, proyectos similares en marcha.
Las prepagas, al ser reguladas desde Nación, deben adaptarse a la receta electrónica. Mientras que en los hospitales no nacionales de la Ciudad y la provincia de Buenos Aires convive el sistema mixto de receta electrónica + receta de papel.
Qué debe contener la receta electrónica
Para que las recetas electrónicas tengan validez, deberán incluir estos requisitos:
Identificación del médico o profesional de la salud: nombre, matrícula, profesión, especialidad y domicilio.
Código de barras.
Identificación del paciente: nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI y sexo.
Descripción del medicamento recetado, que debe detallar:
Nombre genérico o denominación común internacional
Presentación
Forma farmacéutica
Cantidad de unidades
De manera opcional, el nombre comercial sugerido por el prescriptor profesional
Diagnóstico
Fecha de emisión
Firma digital del profesional.
En qué casos se podrá seguir usando la receta en papel
De acuerdo con la normativa, la receta manuscrita seguirá siendo válida únicamente como una excepción en casos específicos, como en las zonas de difícil acceso, falta de conectividad o interrupciones temporales del sistema.
Además, las recetas emitidas en papel antes del 31 de diciembre de 2024 podrán utilizarse dentro del período de vigencia habitual establecido.

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